La Xunta autoriza la explotación minera de Ordes la Erimsa a pesar de los 177 alegatos presentadas

GaliciaXa | ACoruñaXa
La DIA, emitida el pasado 30 de octubre, concluyó que el proyecto es “ambientalmente viable”, siempre que se cumplan las medidas recogidas en el estudio de impacto ambiental
erimsa-mina-pastoriza-riotorto-cuarzo
22 May 2026

La Xunta de Galicia, a través del Departamento Territorial de A Coruña, concedió a la empresa Erimsa la autorización para explotar recursos mineros de cuarzo en una superficie de alrededor de 1.000 hectáreas en la comarca de Ordes, afectando terrenos de los municipios de Frades, Mesía, Ordes y Oroso.

La concesión, publicada este jueves en el Diario Oficial de Galicia, tendrá una vigencia de 30 años y abarcará una extensión de 66 cuadrículas mineras. El proyecto contempla una explotación minera a cielo abierto con una inversión próxima a los seis millones de euros.

Según la resolución, la compañía —con sede en A Coruña y perteneciente al grupo noruego Elkem AS— deberá iniciar los trabajos de explotación en el plazo máximo de un año desde la notificación oficial de la concesión y comunicar previamente la fecha de comienzo de la actividad al departamento territorial correspondiente.

Erimsa ya había obtenido en 2015 el permiso de investigación denominado Andrea número 7137 para evaluar la extracción de cuarzo en esta zona. Posteriormente, la empresa reformuló el proyecto inicial reduciendo unas 160 hectáreas de la superficie prevista y alejando la explotación del río Tambre. Las previsiones apuntan a la extracción de más de 384.000 toneladas de cuarzo metalúrgico.

Durante el período de exposición pública, el proyecto recibió 177 alegaciones presentadas tanto por particulares como por entidades jurídicas. Según recoge el DOG, las cuestiones de carácter ambiental ya fueron analizadas por los organismos competentes e incorporadas a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

La DIA, emitida el pasado 30 de octubre, concluyó que el proyecto es “ambientalmente viable”, siempre que se cumplan las medidas recogidas en el estudio de impacto ambiental y en el programa de vigilancia establecido para la explotación.

0.11535406112671